Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene: Procedimiento para el Beneficio Abierto Anual

La Agencia de Recaudación de Villa Gesell (ARVIGE) informa a los contribuyentes de la TISH que ya se encuentra disponible el procedimiento para acreditar el Beneficio Abierto Anual (Art. 182 de la Ordenanza 2156/08, TO 2025) correspondiente al año fiscal 2027.
El trámite debe realizarse exclusivamente vía web a través del sitio haciendavgesell.gob.ar, seleccionando el ícono “Comercio Abierto Anual”. El sistema permite la carga incluso durante días feriados.
Cronograma de carga de facturas
Para mantener el beneficio, se deben subir las facturas correspondientes a ventas efectivamente producidas en los siguientes períodos:
| Instancia | Plazo de presentación |
|---|---|
| Primera factura | Del 01/05/2026 al 31/05/2026 |
| Segunda factura | Del 01/08/2026 al 31/08/2026 |
| Tercera factura | Del 01/10/2026 al 31/10/2026 |
Exportar a Hojas de cálculo
Importante: La leyenda “la factura ha sido subida satisfactoriamente” indica únicamente la recepción informática. El contenido de la misma queda sujeto a una verificación posterior.
Casos Especiales y Excepciones
- Cierres temporales: En caso de no registrar envío de factura en los períodos indicados por causas justificadas (vacaciones, refacciones, etc.), se deberá acreditar la facturación completa (Resumen Z) del día más próximo, detallando la situación en el encabezado de la imagen.
- Hoteles y afines: De no poseer facturación en los meses señalados, los establecimientos deberán acreditar las reservas operadas, adjuntando la documentación correspondiente en tiempo y forma.
Requisitos y Exclusiones
Para acceder al beneficio, el contribuyente debe cumplir estrictamente con:
- La presentación de todas las facturas requeridas.
- No registrar deudas en Tasas, Derechos, Contribuciones o Multas.
- Haber realizado la Renovación y Reempadronamiento Comercial en tiempo y forma.
- Exclusión: Los contribuyentes recategorizados como Grandes Contribuyentes no podrán acceder a este beneficio.
Control, Inspecciones y Rectificación
La Administración Tributaria se reserva el derecho de realizar inspecciones presenciales en cualquier momento del año para constatar la apertura efectiva del establecimiento. Se aclara que la inspección no reemplaza la obligación de presentar las facturas por la web.
- Verificación: El contribuyente debe controlar el estado de validación de su documentación en el sitio web.
- Período de Rectificación: En caso de observaciones o rechazos, el período para regularizar la situación será del 01/11 al 30/11.
Plazo Final Improrrogable
Quienes hayan incumplido con el envío de las tres facturas en los meses correspondientes, tendrán una última oportunidad para acreditarlas entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026.
Vencido este plazo final, no se podrá reclamar el beneficio bajo ninguna circunstancia.
El Beneficio Abierto Anual constituye una excepción a la liquidación global de la TISH. Su acreditación es responsabilidad exclusiva del contribuyente y la Administración no realizará dicho trámite de oficio.



